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Preguntas Frecuentes

Debes saber

Funeraria Inmemoria es una empresa de Servicios Funerarios Integrales con profundos valores cristianos, que pretende entregar una atención humana, integral y oportuna a sus clientes, abarcando todo el proceso que involucra la partida de un ser querido.

Por esto es que intentamos resolver todas las dudas que puede tener en este proceso que puede no tener en conocimiento.

Lo primero es comunicarse con una funeraria con la cual se haya contratado un servicio fúnebre y si no es el caso, comunicarse con alguno de nuestros asesores para realizar el contrato de este.

Una decisión incorrecta de parte de los familiares en este momento es llamado a carabineros o servicio médico legal, ya que el fallecido solo debe presentarse en el último de ser una causa desconocida su fallecimiento, si no es así solo es necesario la asistencia de medico al domicilio.

Se puede sepultar después de 24 y antes de 48 horas, desde producido el fallecimiento. Para un mayor tiempo de espera antes de sepultar es necesaria una extensión, la cual tiene un costo adicional y puede solicitarse al asesor de su servicio para que se encargue de los procedimientos necesarios como del tratamiento del fallecido.

El certificado médico de defunción es un documento que acredita el fallecimiento del individuo por las causas que el medico formule en él, solo puede ser realizado por médico, ya sea este el médico tratante o algún particular solicitado para el trámite. Previo a la realización de este documento, no se puede hacer movimientos no autorizados de la persona.

El familiar o persona fallecida no se encuentra vinculado a ningún médico en particular, este en tratamiento o no, por lo que usted puede solicitar al medico que trataba a la persona o contratar uno particular para realizar el certificado médico de defunción, esto, en el caso de que usted maneje antecedentes de la personas para el deceso, sea esto por causas naturales (edad) o enfermedad crónica detectada; En el caso contrario, cuando la persona falleciera en circunstancias desconocidas, esta debe ser llevada a médico legal donde realizaran estos tramites.

Este documento es obligatorio tanto para la inscripción de la defunción y para que los servicios funerarios puedan proceder, ya que como se mencionó antes, ninguna persona está autorizada a realizar ningún tipo de acción con la persona fallecida mientras el medico no realice este documento que acredite el deceso de la misma.

Inscripción de Defunción: se realiza en registro civil de comuna donde falleció el individuo, puede realizarlo familiar o cualquier persona con cedula de identidad. Este documento otorga la autorización de sepultación o pase de sepultación según sea el caso.

Para la realización de inscripción de defunción debe presentarse:
-Cédula de Identidad del fallecido o certificado de nacimiento.
-Certificado médico de defunción.
-Cédula de Identidad de la persona que realiza el trámite.

Una vez inscrito se nos entrega una autorización de sepultación o pase de sepultación.

Lo debe presentar en el Cementerio o Parque donde va a sepultar a la persona fallecida, es de carácter obligatorio y sin él no se puede proceder en cementerio a sepultar.

Este es el único trámite que debe hacer la familia, ya que se deben pagar los derechos de sepultación y se debe firmar para abrir la sepultura. Lo ideal es realizarlo al margen que la funeraria o algún familiar este realizando la inscripción de defunción, tanto por tiempo como para tranquilidad de la familia y con esto también deja un margen de tiempo para organizar mejor el horario en que se sepultara a la persona.