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Cómo saber si una persona tiene derecho a cuota mortuoria

Tiempo de lectura: 2 minutos

Es innegable: la muerte de un ser querido es un proceso doloroso y de mucha carga emocional que puede ser aún más pesado si consideramos los gastos funerarios. No obstante, existe lo que se conoce como cuota mortuoria, lo que puede ser de gran ayuda. Pero ¿cómo saber si una persona tiene derecho a cuota mortuoria?

¿Qué es la cuota mortuoria?

Comencemos por aclarar en qué consiste este beneficio. 

Se trata de un aporte económico -en dinero- que permite financiar los gastos que se incurren en la ceremonia funeraria de un afiliado al sistema de pensiones de AFP o sistema de pensiones solidarias. 

¿De dónde salen los recursos? Por medio de la cuenta individual de la persona que fallece, pagada por la AFP correspondiente a su afiliación o por la entidad que le otorgaba la pensión.

El monto corresponde al total de los servicios fúnebres, con un límite de 15 UF.

¿Y si ya se encontraba pensionada? En el caso de recibir:

  • Aporte Previsional Solidario: se podrá cobrar en la AFP donde estaba el afiliado.
  • Pensión Básica Solidaria de Vejez: en el caso de que haya agotado sus ahorros después del 1 de julio de 2008 la cuota mortuoria es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS). Si lo hizo antes, debe hacerlo la AFP.
  • Renta Vitalicia: la paga la Compañía de Seguros.

¿Cómo saber si una persona tiene derecho a cuota mortuoria?

Es fácil: toda aquella persona o institución que acredite haber tomado la responsabilidad económica de los gastos funerarios del fallecido tienen derecho a la cuota mortuoria. 

O sea, puedes solicitarla si te hiciste cargo de los gastos, no importa si eres un familiar directo o no. 

Eso sí, debes presentar algunos documentos, como:

  • Certificado de defunción del afiliado o pensionado.
  • Documentos que demuestren los gastos del funeral. Pueden ser facturas o similares.
  • En algunos casos, se solicita una Declaración Jurada cuando no es un familiar directo.

Luego de realizar la solicitud, la AFP cuenta con cinco días para realizar el pago de este beneficio. Debes considerar que el trámite también lo puede realizar una funeraria para que no te hagas cargo.

Inmemoria: un servicio funerario integral

Con el objetivo de otorgar una ayuda a los seres queridos que despiden a un fallecido, Inmemoria cuenta con un servicio que se financia con la cuota mortuoria, y que le otorga a la ceremonia los atributos que merece la despedida.

Se trata de una urna de madera simple, con una capilla velatoria con lámparas tipo inglés. 

Además, se dispone de un carro funerario para el retiro del fallecido y traslado al lugar de su velatorio. La carroza es convencional y los vehículos que acompañan el cortejo fúnebre son amplios y modernos. 

Por otro lado, se ofrece asesoría y orientación legal en cuanto a los trámites.

 

Si bien la muerte de un ser querido es un hecho angustiante, la cuota mortuoria puede contribuir a aliviar un poco el proceso. No dudes en cotizar los servicios de Funeraria Inmemoria y obtener la ayuda que necesitas. 

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