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¿Cómo se realizan los traslados funerarios?

Tiempo de lectura: 3 minutos

Cuando fallece un ser querido en una ciudad lejana, es inevitable tener que pensar en el traslado del fallecido. Ahora bien, en todos los traslados funerarios existen normativas legales que deben respetarse.

La razón es que la actividad debe garantizar un alto nivel sanitario -exigencia que se ve aumentada debido a la pandemia- y, al mismo tiempo, mantener la dignidad que requiere el momento del adiós definitivo.

¿Qué ley regula los traslados funerarios?

En Chile, el Reglamento de Cementerios (Decreto 357) establece que solo dos instituciones están autorizadas para trasladar el cuerpo del fallecido:

1. Funcionarios del cementerio respectivo.

2. Casas funerarias (cuando cuentan con la autorización del Servicio Nacional de la Salud).

Según el artículo 75, de dicho reglamento, las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud pueden “autorizar a las funerarias el traslado de cadáveres dentro del territorio nacional a un lugar distinto de aquel en que ocurrió el deceso”. 

Estas organizaciones deben garantizar el uso de vehículos acondicionados para el proceso y que los ataúdes cumplan con una serie de requisitos, como que estén herméticamente sellados, por ejemplo.

Además, la funeraria debe mantener un registro -que estará disponible para la autoridad sanitaria- que incluya la fecha de traslado, lugar de salida y de destino, identificación del fallecido, vehículo, etc.

¿Y en el caso de los servicios funerarios para el traslado desde o hacia el extranjero? El artículo 77 dispone que este traslado requiere que el ataúd se coloque en un compartimiento separado en el medio de transporte -avión, vehículo, tren, etc.-, bajo la responsabilidad del conductor.

Los fallecidos que ingresen al país solo podrán hacerlo con la acreditación de la autoridad sanitaria por medio de documentos entregados por las autoridades del país de origen, los cuales deben garantizar que el transporte no representa peligros para la salud pública.

¿Cuáles son los pasos por seguir?

Si quieres acudir a funerarias con servicio de traslados, debes saber los pasos necesarios para esta prestación:

Traslado a regiones

  • Contar con Certificado Médico de Defunción.
  • Poseer una resolución de traslado que identifique el nombre del cementerio, comuna de sepultación y la inscripción en el Registro Civil en el lugar de fallecimiento o destino.
  • Si se traslada mediante vía aérea, se requiere de una inyección de conservación para el cuerpo. Por otro lado, la compañía aérea solicitará un certificado de traslado.

Traslado desde un país extranjero

  • Certificado de Defunción con causa de muerte, el cual debe ser legalizado por el cónsul de Chile en el respectivo país.
  • Fotocopia de carnet por ambos lados.
  • La firma del cónsul debe ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Además, se debe presentar el Certificado de Nacimiento y estado civil actualizado (si el fallecido es viudo se pide certificado de defunción del cónyuge).
  • Legalizar ante notario todos los documentos y ser traducidos en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Inscribir el fallecimiento en el Registro Civil en Chile.

 Traslado hacia un país extranjero

  • Fotocopia de carnet por ambos lados.
  • Certificado de defunción.
  • Certificado que indique que no falleció a causa de una enfermedad contagiosa.
  • Certificado médico de tratamiento de conservación del cuerpo.
  • Declaración Jurada Notarial que exime de responsabilidad al Seremi de Salud.
  • Legalizar todos los antecedentes en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Inscripción en el Registro Civil correspondiente.
  • Legalización de todos los antecedentes en el consulado del país de destino.

Precauciones en traslados funerarios durante COVID-19

La tarea de transportar fallecidos requiere el contacto y proximidad con diversas superficies.

En este sentido, el más reciente protocolo para servicios funerarios establece que toda ceremonia funeraria conlleva riesgos sanitarios. Esto aplica en los casos de fallecimiento por COVID-19 u otros.

Así, para realizar este tipo de traslados se debe incluir elementos de protección personal, lo que pueden incluir:

  • Escudo facial o lentes de seguridad: el uso de un escudo evitará la exposición innecesaria de los ojos a posibles gotas infectadas. Además, reduce la tentación de llevarse las manos a la cara.
  • Mascarilla médica: esta puede proteger las mucosas de cualquier salpicadura de fluidos corporales.
  • Bata: las batas impermeables de manga larga y puños son las mejores para brindar protección. Debe ser desechable.
  • Guantes: por la manipulación con las manos de todo lo que hay alrededor es preferible utilizar guantes de látex desechables en todo momento.

Inmemoria es una de las funerarias con servicio de traslados que te puede ofrecer una completa asesoría en cuanto a los trámites necesarios, además de garantizar una prestación digna para el fallecido.

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