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¿Qué trámites debo realizar para una cremación en Chile?

Tiempo de lectura: 2 minutos

Cuando ocurre el deceso de un ser querido, lo que menos queremos es disponer de cero conocimientos sobre los trámites a realizar. 

Es por eso que, si la voluntad de la persona fallecida es ser cremada, en este artículo te entregamos toda la información necesaria para realizar una cremación en Chile.

La tramitación general

Cuando muere un familiar o persona cercana, lo primero que se espera es la confirmación del personal de salud y el documento médico que acredita la muerte. Luego se inscribe este fallecimiento en una oficina del Registro Civil, donde se obtiene el certificado de defunción para todo trámite.

Posteriormente se elige a la empresa que realizará los servicios funerarios, se escoge una sepultura si corresponde y se averigua la asignación por muerte o cuota mortuoria, entre otros trámites que deben efectuarse cuando alguien fallece.

Documentos para el proceso de cremación

Siempre se dice que es importante respetar la voluntad del difunto o la difunta. Ahora bien, si la persona pidió el servicio de cremación en Chile, se necesitan como máximo tres autorizaciones por parte de diferentes organismos:

  1. La primera autorización es la del Director General del Servicio Nacional de Salud o de su delegado, siempre y cuando, se presente una declaración escrita por la persona fallecida en una notaría o en el registro de cementerios. En caso de no contar con este documento, se permite la solicitud del cónyuge sobreviviente o de la mayoría de los hijos que autorizan la cremación ante notario público (si no existe cónyuge ni descendencia, el reglamento de cementerios permite que otras personas lo soliciten).
  2. Antes de llegar a la sala de cremación, también se necesita una autorización de sepultación por parte del Registro Civil, donde se detalla el lugar en que ocurrió el deceso. A esto hay que sumar una copia del certificado de defunción emitido por el médico.
  3. La última autorización es la judicial, pero esta sólo procede si el fallecimiento fue a consecuencia de un accidente o por causas que supongan algún grado de delito.

Cabe señalar que toda esta documentación se debe presentar en la funeraria que llevará a cabo el servicio de cineración

Los plazos para efectuar la cremación en Chile

Si es muerte natural, este procedimiento debe realizarse 1 o 2 días después de recibidos los restos. 

Una vez ocurrido el fallecimiento, y de acuerdo con el código sanitario, tiene que existir una data de muerte de como mínimo 24 horas y no puede superar los dos días antes de ingresarlo al servicio de cremación o sepultura.

Y los parientes, ¿pueden asistir al crematorio?

Anteriormente hemos hablado sobre el proceso de cremación y urnas funerarias. Pero un punto importante es saber si los familiares o personas cercanas pueden presenciar este procedimiento en la sala de cremación. 

Al respecto, esto dependerá de la funeraria a cargo, ya que algunas permiten la presencia de un familiar como testigo del proceso en una sala habilitada para tales fines. Para seguridad de sus seres queridos, todo se lleva a cabo bajo rigurosos estándares y se certifica por un representante del Servicio de Salud.

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