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Servicios funerarios: ¿qué hacer ante fallecimiento en casa?

Tiempo de lectura: 3 minutos

El momento de un fallecimiento siempre es doloroso, por lo que cuesta anticiparse a esos acontecimientos. Pensar en el lugar donde enterrar a los familiares o en los servicios funerarios requeridos es algo que nadie quiere hacer, sin embargo, a todos les tocará alguna vez tener que hacerse cargo de ello y es mejor estar preparados, en especial si la muerte ocurre en casa. 

Pasos a seguir

Sea un fallecimiento repentino o algo más bien esperado, lo cierto es que siempre es bueno que tengas conocimiento sobre las medidas que hay que tomar y trámites a realizar, en caso de que un familiar o persona cercana muera en casa. A continuación, verás los principales pasos que debes seguir. 

1. Constatación del fallecimiento

Lo primero, es tener la certeza de que la persona efectivamente ha partido, y para ello, deberás llamar a un médico que tome los signos vitales y revise a la persona, para dar certeza del deceso. Si la causa de muerte es indeterminada, o sospechosa, se ordenará una autopsia.

2. Obtención de certificado de fallecimiento

El médico entregará un certificado de fallecimiento.  Con este documento podrás hacer los trámites de cobro de seguros que pudiese haber, y los futuros trámites de herencia. También te servirá para presentarlo en tu trabajo, para así obtener un permiso por fallecimiento que te permita hacer los trámites tranquilo y enfocarte en este proceso, y en el duelo. Existen tres tipos de certificados: para todo trámite (uso general), con causa de muerte (para las compañías de seguros) y para asignación familiar. 

3. Inscripción del deceso en el Registro Civil

Una vez que tengas el certificado a mano, deberás dirigirte al Registro Civil de la comuna correspondiente, para inscribir a la persona fallecida. Este trámite tiene un plazo máximo de 3 días desde el momento del deceso, y puede ser realizada por cualquier familiar del fallecido, el que deberá portar también su cédula de identidad. 

4. Solicitud de permiso por fallecimiento 

Los familiares más cercanos (padres, hijos, hermanos, cónyuges) podrán solicitar en sus respectivos trabajos este permiso, presentando el certificado de defunción, esto les otorgará unos días por el fallecimiento del familiar.

5. Búsqueda de servicios funerarios

Es difícil decidir qué tipo de servicio escoger, pues si es algo fortuito seguramente no hubo tiempo de analizar el presupuesto. En tu búsqueda, es preferible que vayas acompañado por más de una persona cercana para que en conjunto decidan. Afortunadamente, algunas funerarias ofrecen servicios completos en los que ellos se encargan de todo: permisos, compra de paquetes funerarios, organización del funeral, y más, como es el caso de Funeraria Inmemoria, que incluso ofrece apoyo psicológico para los familiares más afectados. 

6. Compra de sepultura 

En este punto es importante considerar la voluntad del fallecido, si es que éste se pronunció al respecto en vida. Es decir, se puede adquirir una sepultura, ocupar una bóveda o mausoleo familiar, o cremar, según corresponda. En el caso de usar una bóveda o mausoleo familiar, se debe contactar al cementerio para poner en marcha los trámites del servicio funerario. 

7. Cobro de cuota mortuoria

Quien se haya hecho cargo de los gastos funerarios podrá presentar la factura o boleta en la AFP en la cual el fallecido haya estado afiliado, o a través de la cual estuviera pensionado. Esta cuota mortuoria tiene un tope de 15 UF. 

Si el papeleo te parece abrumador y deseas enfocarte en tu duelo y la despedida de tu ser querido, cuenta con el apoyo de Funeraria Inmemoria, que se encargará de los trámites funerarios de forma integral para tu tranquilidad, y la de tu familia.

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